La causa que investigaba la escandalosa visita de diputados de La Libertad Avanza a genocidas presos en el penal de Ezeiza quedó archivada. Así lo resolvió el juez federal Luis Armella tras avalar el dictamen del fiscal Sergio Mola, quien consideró que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) no cometió delito alguno al facilitar el ingreso de los legisladores, que entraron sin ser requisados y con teléfonos celulares.
El fallo deja sin consecuencias judiciales una maniobra que generó fuerte repudio en el ámbito de los derechos humanos. La decisión judicial coincide con el interés político de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, quien desde un comienzo buscó proteger al SPF, organismo que depende de su cartera.
La visita se concretó el 11 de julio de 2024. Ese día, un grupo de diputados libertarios se reunió durante tres horas con varios represores, entre ellos Alfredo Astiz. El personal penitenciario no aplicó ningún control: no revisó a los visitantes, no les retuvo celulares y los dejó circular por el penal como si se tratara de una visita oficial.
En su dictamen, Mola minimizó el hecho: “Solicitaré el archivo de la presente causa al no advertirse la configuración de un ilícito por parte de las autoridades penitenciarias”. También justificó el accionar del SPF argumentando que el ingreso se había tramitado como una “recorrida” y no como una “visita”, lo que, según él, eximía al personal penitenciario de aplicar los controles establecidos por el reglamento.
El fiscal incluso fue más allá al defender el trato privilegiado a los legisladores: “¿Por qué motivo la autoridad penitenciaria debería haber tomado ante legisladores nacionales una actitud distinta a la que habitualmente adopta frente a autoridades judiciales?”.
Esa afirmación provocó una dura respuesta del abogado querellante Pablo Llonto, quien denunció: “Es una joda total. Siempre cuidan sus privilegios. Es el ‘viva la pepa total’ de funcionarios que ganan fortunas y permiten que no haya controles en las cárceles”.
Llonto también criticó que la Justicia avale la lógica de que los representantes de los poderes del Estado entren a los penales sin ningún tipo de restricción, mientras que los familiares de los presos comunes, especialmente los sectores más humildes, deben someterse a rigurosas requisas: “Sostiene que los integrantes del Poder Judicial y Legislativo tienen coronita para entrar en las cárceles sin que los revisen y se les retengan los celulares. En cambio al resto del pueblo, sobre todo a la gente pobre, que la revisen”.
La causa contenía además elementos que vinculaban directamente a Bullrich con las gestiones para que los legisladores libertarios pudieran ingresar al penal. En uno de los chats incorporados al expediente, el sacerdote ultraderechista Javier Olivera Ravasi escribió: “El Dip Beltrán Benedit habló con Patricia Bullrich para que quienes deseen sumarse, al día siguiente de nuestra reunión a visitar los presos políticos que están detenidos en Campo de Mayo/Ezeiza/Marcos Paz se les facilite el ingreso sin inconvenientes. Ya está hablado”.
En otro mensaje, el propio Benedit aseguró haber conversado con el recién designado director del SPF, Fernando Martínez, quien –según sus palabras– “nos facilitará el acceso a los penales el viernes”.
Pese a esta evidencia, la causa fue cerrada con rapidez. El juez Armella, quien ya había sido cuestionado por su papel en la causa “Gestapo antisindical”, donde se lo acusó de perseguir al dirigente gremial Juan Pablo “Pata” Medina, acató sin objeciones el dictamen del fiscal. “Resulta razonable a la luz de las constancias de la causa”, escribió en su resolución, en la que justificó el archivo por “inexistencia de delito”.
Sergio Mola, el fiscal que pidió el cierre de la causa, es el mismo que impulsa junto a Diego Luciani el pedido para enviar a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a una cárcel común en el marco de la causa Vialidad. Ahora, sin embargo, actuó más como defensor del SPF que como acusador. “No surgen elementos para considerar un actuar doloso por parte de los funcionarios penitenciarios que prestaban servicio en el CPF VII, además de que el suceso investigado no provocó perjuicio alguno”, concluyó.
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