27 de julio de 2024

Titular del ENRE pide que los usuarios se reempadronen

El ENRE avanzará sobre el reempadronamiento de usuarios con el fin de contar con un esquema real de los usuarios. Se detectaron 1,5 millones de casos en los que el suministro figuraban a nombre de personas fallecidas o con inconsistencias en sus datos personales.

Soledad Manin, interventora del ENRE, señaló: «Hemos lanzado esta campaña para ir regularizando esta situación y se solicita que la persona que usa el servicios sea el titular del servicio y no el nominal del titular la propiedad». Y agregó: «Para nosotros, el titular del suministro es quien usa el servicio y es importante tener una relación directa con el usuario, transparentar la base de las empresas y agilizar trámites».

En ese sentido, explicó que «la potestad de intimar al usuario es de la empresa si el usuario no es quien dice ser, a través de la boleta pidiendo que regularice». En esa línea, remarcó que «si no lo hace en el plazo de hacerlo 10 días conforme lo dice el reglamento, existe la posibilidad de que el servicio se corte». Aún así, aclaró: «Nosotros vamos a tratar de evitar eso y que sea intempestivo, donde las empresa nos informe que no se hizo el cambio y nosotros ayudar a que se haga». 

«En cualquier momento se puede hacer el tramite, desde siempre y lo hacen Edenor y Edesur. Quienes no tengan un documento respaldatorio para hacerlo, como un contrato de alquiler, se puede hacer el cambio con cualquier factura del servicio para obtener el numero de cliente y de medidor que es lo que solicita el formulario, que además contempla una declaración jurada de domicilio sin necesidad de hacer un segundo trámite», se explayó la funcionaria del ente.

Al respecto, indicó: «Simplemente lo que pedimos con este reempadronamiento es una declaración de quien es quien usa la electricidad en ese domicilio y no implica ningún otro tipo de compromiso que pueda perjudicar al usuario en otro sentido y eso es lo que hacemos en este formulario». Hay tiempo hasta mediados de diciembre y en principio es para aquellas personas cuyo titular es un fallecido o que tiene alguna inconsistencia y las empresas los han intimado.

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