21 de noviembre de 2024

AFIP denunció contratación direccionada e incompatibilidad de funciones del macrismo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó una denuncia ante la Oficina Anticorrupción (OA), por detectarse que durante las gestiones de Alberto Abad y Leandro Cuccioli al frente del organismo había profesionales contratados que además realizaban en simultáneo tareas en el ámbito privado y/o público.

Las irregularidades encontradas determinaron que los abogados Ricardo Gil Lavedra, Maximiliano Reussi, Alejandro Carrió, Juan Antonio Ávila y Tomás Farini Dugann, realizaron trabajos incompatibles, tanto en el sector público como en la actividad privada, con las funciones que desempeñaban en la AFIP. La denuncia, pudo saber DeudaPrometida.com, pone en conocimiento a la Oficina Anticorrupción y brinda información detallada de cada una de las incompatibilidades detectadas.

Entre las irregularidades comunes detectadas, se encontró que los abogados defendían a contribuyentes mientras trabajaban en la AFIP. Al mismo tiempo percibían su beneficio previsional con los honorarios pagados por el organismo.

Por esas razones, la AFIP solicitó se declare la nulidad de las contrataciones y el recupero del perjuicio fiscal, así como también, la intervención de la Procuración del Tesoro de la Nación y el deslinde responsabilidades.

La denuncia que denunció el organismo a cargo de Carlos Castagnetto compromete los graves delitos de abuso de autoridad de incumplimiento de los deberes de funcionario público, malversación de caudales públicos, servicios y negociaciones incompatibles con la función pública por las autoridades intervinientes.

https://twitter.com/DeudaPrometida/status/1571963485940064266?s=20&t=05AsWxEnaGpcEuLOfr4taQ

Incompatibilidades denunciadas

Ricardo Gil Lavedra

1. Percibió ingresos de forma simultánea por contratos de locaciones de servicios de la AFIP y de la Tesorería de la Provincia de Jujuy.

2. Se desempeñaba bajo la modalidad “ad honorem” en el Ministerio de Justicia de la Nación y era abogado defensor de un imputado (Ricardo Lona) en el marco de causas penales por delitos de lesa humanidad en la que el Estado Nacional era parte querellante (a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos). Simultáneamente fue contratado por la AFIP para la prestación de servicios profesionales.

3. Patrocinaba y efectuaba gestiones extrajudiciales respecto de contratistas estatales de forma simultánea con la contratación en AFIP.

4. También, en forma simultánea, era letrado patrocinante de la Provincia de Santa Fe en la causa “SANTA FE, PROVINCIA DE C/ ESTADO NACIONAL S/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD” en la que el Estado Nacional es parte demandada y resultaba de importancia institucional para la AFIP, cuya resolución implicó una pérdida de $ 14.036.708.553,40 para el organismo.

Maximiliano Reussi

5. Defendía a contribuyentes imputados en cuatro causas penales por infracción a la Ley Penal Tributaria siendo la AFIP parte querellante en tres.

Alejandro Carrió

6. Percibió de forma simultánea –a partir de septiembre de 2019- su beneficio previsional con los honorarios pagados por la AFIP.

7. Defendía a contribuyentes imputados en cuatro causas penales por infracción a la Ley Penal Tributaria, siendo la AFIP parte querellante en tres de ellos.

Juan José Avila

8. Percibía de forma simultánea su beneficio previsional con los honorarios pagados por la AFIP.

9. Defendía a contribuyentes imputados en una causa penal por infracción a la Ley Penal Tributaria en la que la AFIP es parte querellante.

Tomás Farini Duggan

10. Percibía de forma simultánea sus honorarios de la AFIP y su remuneración como empleado en relación de dependencia del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires. 

11. Defendía a contribuyentes imputados en una causa penal por infracción a la Ley Penal Tributaria en la que la AFIP es parte querellante.

12. Ávila y Farini Duggan son socios en un estudio jurídico. El segundo fue contratado a instancias del primero, sin acreditar ningún elemento en la necesidad de contratación, redundando en un beneficio patrimonial para la sociedad de ambos, en detrimento del erario público.

DIRECCIONAMIENTO EN LA CONTRATACIÓN DE ABOGADOS QUERELLANTES

Período: 15/06/2016 – 12/12/2019

Monto pagado: $8.336.726                           

13. Se demostró una contratación simulada con apariencia de legalidad en su formulación (al invocarse procedimientos y finalidades regladas) pero que se concretó mediante una decisión adoptada con anterioridad por el propio Administrador Federal para que el abogado Ricardo Gil Lavedra se desempeñe en la representación judicial de AFIP.

14. El abogado actúo como patrocinante del entonces Administrador Federal Alberto Abad presentándose en la causa 4943/2016 (López Cristóbal y otros s/ Defraudación contra la Administración Pública) el 25 de abril de 2016, esto es 20 días antes de que el Dr. Abad haya dado el visto bueno a esa contratación (16 de mayo de 2016).

15. En la presentación realizada ante la justicia se constituye domicilio en el estudio de Gil Lavedra. Por la información detallada en el escrito se concluye que hay violación del secreto fiscal y secreto de datos personales. Asimismo, el abogado continuó siendo apoderado de la AFIP en la causa durante 8 meses luego de finalizado su contrato.

16. En la contratación de los abogados Alejandro Carrió y Maximiliano Reussi, reemplazantes de Gil Lavedra, se produjo un desplazamiento de la autoridad solicitante y supervisora de la contratación, la cual fue ejecutada por Jimena de La Torre, subdirectora General de Coordinación Técnico Institucional, que incompetente para tales fines.

17. En los tres procedimientos de contratación se simuló haber realizado entrevistas para seleccionar abogados.

18. El carácter del contrato establecía que solamente el contratado podía actuar como abogado (intuitu personae), las obligaciones asumidas eran intransferibles. No obstante, ello, ese detectó que autorizaron a tomar vista y sacar fotocopias de los expedientes a terceros vinculados a los estudios, en clara violación del secreto fiscal y secreto de datos personales y de las cláusulas contractuales.

19. No existe documentación que respalde la totalidad de las actividades facturadas por los abogados, ni existió actividades de control previo al pago. Incluso en el caso de los abogados Carrió y Reussi, había una doble facturación, dado que hay casos en los que ambos realizaron tareas iguales que las facturaban por igual.

DESVÍO DEL OBJETO DE CONTRATACION PARA DEFENSA DE FUNCIONARIOS

Contratos de los abogados José Ávila y Jorge Farini y Duggan

Período: 19/08/2016 – 31/12/2019

Monto pagado: $8.236.400

20. Se constató el apartamiento de la finalidad del objeto de la contratación (la asistencia legal a agentes del Organismo involucrados en causas penales en el marco del ejercicio legítimo de sus funciones) para otorgar cobertura legal a autoridades superiores del Organismo y darles intervención en otras causas judiciales (de alto impacto político), sin efectuar ningún procedimiento tendiente a verificar la legalidad de su actuar.

21. No hay antecedentes en el área de los expedientes judiciales que presuntamente tramitaban los letrados ni de la realización del procedimiento para su designación.

22. Falta de supervisión y control por parte del área de Jurídicos (absoluta autonomía de los letrados contratados a los que se le asignarían causas de hecho –sin seguir el procedimiento legal de defensa-)

23. De las 34 causas penales asignadas a los abogados, en 5 no se pudo determinar el agente defendido, en 28 de ellas los imputados son autoridades superiores del Organismo (Alberto Abad en 11, Leandro Cuccioli en 4, Jaime Mecikovsky en 3, Néstor Sosa en 3, otros en 7).

24. Surge de los remitos pagados:

1. El monitoreo del inicio de eventuales nuevas causas de las autoridades superiores en el sitio web del Poder Judicial, lo cual refuerza la idea de que eran contratados para una defensa personal de esos funcionarios y no por el ejercicio legítimo de su función.

2. Presentación de escritos por tareas que exceden el servicio contratado: querella, asume representación, actor civil, modificación juicio político, etc.

Con relación a esto último facturaban por labores propias de abogados querellantes cuándo fueron contratados como defensores.  El rol de abogados querellantes lo llevaron adelante en la causa del memorándum con Irán, donde estaban imputados Cristina Fernández de Kirchner, Oscar Parrilli, Juan Martín Mena y Carlos Zanini, entre otros.

25. Utilización de la modalidad de pago de Legítimo Abono al finalizar los contratos, sin la intervención de la Procuración del Tesoro de la Nación.

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