26 de julio de 2024

Más tiempo para que sociedades declaren y paguen bienes personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que empresas y sociedades presenten, en su carácter de responsables sustitutos de las personas humanas, la declaración jurada y realicen el pago del impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a las acciones y/o participaciones societarias del período fiscal 2021.

Los nuevos plazos coinciden con la prórroga dispuesta hasta fines de junio para el vencimiento del impuesto sobre los Bienes Personales para facilitar las tareas de cumplimiento. La AFIP habilitó el nuevo aplicativo “Bienes Personales – Acciones y Participaciones Societarias- Versión 5.0”.

La Resolución General 5203/2022 que se publica este martes en el Boletín Oficial dispone que se tomarán por cumplidas las declaraciones juradas y el pago de impuesto sobre los Bienes Personales-Acciones o Participaciones societarias correspondientes al período fiscal 2021 cuando ocurran hasta las siguientes fechas:

Fecha de presentación y pago

  • CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3: 23/06/2022, inclusive
  • CUIT terminados en 4, 5 y 6: 24/06/2022, inclusive
  • CUIT terminados en 7, 8 y 9: 27/06/2022, inclusive

La AFIP facilita acceso a beneficios fiscales a productores agropecuarios

La AFIP facilitó el acceso a beneficios fiscales a los productores agropecuarios de las zonas declaradas en estado de emergencia o desastre agropecuario. Las Resoluciones Generales 5201 y 5202 se publicarán este martes en el Boletín Oficial.

Por la emergencia agropecuaria, los contribuyentes afectados tendrán un plazo especial hasta el 30 de junio para presentar documentación obligatoria para acceder a beneficios. Esto abarca a los productores alcanzados por una declaración de estado de emergencia y/o desastre agropecuario instrumentada por resolución del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca publicada entre el 1° de noviembre del año pasado hasta este martes 7 de junio. Más información puede obtenerse en https://www.argentina.gob.ar/noticias/beneficios-para-productores-agropecuarios

Por otra parte, la emergencia hídrica se extendió el plazo para que las y los contribuyentes de las zonas afectadas por la bajante del río Paraná puedan acceder a beneficios fiscales. Se implementa la prórroga por 180 días del estado de emergencia hídrica establecido por el Decreto 261/2022. Más información en puede conseguirse en https://www.argentina.gob.ar/noticias/mas-tiempo-para-acceder-beneficios-para-afectados-por-bajante-del-rio-parana

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