La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal resolvió frenar uno de los puntos centrales del DNU 70/2023 impulsado por Javier Milei. Con votos de los jueces Florencia Nallar y Eduardo Gottardi, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de los artículos 267 y 269 del decreto que liberaban los aumentos en la medicina prepaga, y ordenó a la empresa OMINT devolver los incrementos aplicados desde diciembre pasado.
El fallo llega tras el reclamo de una usuaria que interpuso un amparo contra la prepaga, y marca un hito al ser la primera sentencia de este tribunal que cuestiona el mega decreto firmado por el presidente apenas asumido.
La Cámara consideró que el Gobierno no justificó la “necesidad y urgencia” que habilitaría eludir el trámite legislativo. “Las apreciaciones generales sobre la situación económica y social del país no guardan estricta vinculación con las medidas cuestionadas en el presente”, señalaron los jueces. Además, criticaron la falta de argumentos sobre una eventual emergencia sanitaria que ameritara semejante reforma.

OMINT había sostenido que los aumentos respondían a la inflación y que la cuestión ya estaba resuelta en otras causas judiciales. Sin embargo, el tribunal desestimó esos argumentos por no haber involucrado directamente a la demandante y porque los acuerdos administrativos previos tenían alcance limitado.
Con esta decisión, la empresa queda obligada a pedir autorización previa al Estado para aplicar nuevos aumentos y a retrotraer el valor de la cuota al período previo a la entrada en vigencia del DNU. La Superintendencia de Servicios de Salud vuelve así a tener un rol central en la regulación del sector.
La medida judicial no solo representa un revés para la política de desregulación del Gobierno, sino que también puede sentar un precedente para miles de afiliados que enfrentaron aumentos abruptos desde que Milei firmó el decreto. El fallo abre la puerta a futuras demandas individuales que podrían derivar en un efecto dominó sobre el resto de las prepagas.
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