El Ministerio de Seguridad avanzó con una decisión que abre un nuevo frente de conflicto: prohibirá el acceso a espectáculos deportivos a personas que participaron en movilizaciones contra la reforma laboral en las inmediaciones del Congreso. La medida, que no fija un plazo de finalización, refuerza una política que mezcla control de tribunas con disciplinamiento de la protesta.
La cartera que conduce el área justificó la sanción al sostener que los involucrados protagonizaron episodios de violencia durante las jornadas del 11 y 19 de febrero. Según el comunicado oficial, en esos días se registraron enfrentamientos, daños a bienes públicos y privados y agresiones a efectivos policiales. En ese marco, también se los acusa de arrojar proyectiles, objetos contundentes e incluso bombas molotov, además de interrumpir la circulación en la zona.
El avance se apoya en actuaciones de la Policía Federal Argentina, que encuadró los hechos bajo las figuras de “atentado y resistencia a la autoridad”, con intervención de la Unidad de Flagrancia Este. A partir de esas investigaciones, las autoridades lograron identificar a las personas señaladas.

Sin embargo, el punto más sensible de la resolución no pasa sólo por los nombres incluidos, sino por el criterio aplicado. El Ministerio recordó que el 12 de marzo de 2025 modificó la Resolución 354-E/2017, lo que habilita extender el derecho de admisión más allá de los estadios. Desde entonces, el Gobierno puede aplicar este tipo de sanciones también ante hechos ocurridos en manifestaciones públicas, lo que implica un corrimiento de una herramienta pensada para la violencia en el fútbol hacia el terreno de la protesta social.
En la práctica, los sancionados quedan incorporados al programa Tribuna Segura, lo que bloquea su ingreso a eventos masivos en todo el país. La restricción, además, no tiene límite temporal definido, lo que deja a los afectados en una situación de exclusión indefinida.
Los nombres alcanzados por la medida son Ulmer Gerardo Mauro, Héctor Claudio Fermoselle, Sebastián Planes, Leonardo Danielo Recaite, Cristian Alejandro Abregu, Axel Fernando Chaperon Oviedo y Javier Mendoza. La decisión, lejos de cerrar el tema, instala interrogantes sobre el uso de herramientas administrativas para limitar derechos vinculados a la protesta.
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