Desde enero de 2025, los trabajadores comenzarán a pagar Impuesto a las Ganancias a partir de ingresos brutos de $2,28 millones. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó las nuevas escalas y deducciones, que reflejan un ajuste del 11,78% respecto a los valores previos.
Según la nueva normativa, los trabajadores solteros, sin carga de familia, verán retenciones por este impuesto a partir de un salario bruto de $2.280.647. Este monto se traduce en un salario neto de $1.892.937, lo que implica un aumento en la base de contribuyentes del impuesto, afectando a más trabajadores con ingresos medios-altos.
Impacto para trabajadores con cargas familiares y autónomos
Para aquellos trabajadores con cónyuge y dos hijos menores de 18 años, la retención comenzará a partir de un ingreso bruto de $3.024.494, que se traduce en un salario neto cercano a los $2.5 millones. De este modo, las deducciones aumentan conforme a las cargas familiares, beneficiando a quienes tienen dependientes a su cargo.
En cuanto a los trabajadores autónomos, la actualización de las deducciones también será del 11,78%. Para la categoría general, el ingreso mensual promedio afectado será de $1.468.658, mientras que para profesionales y emprendedores el umbral se incrementa a $1.631.843. Es importante señalar que los autónomos disponen de un abanico más amplio de deducciones aplicables que los trabajadores en relación de dependencia.
Jubilados también serán alcanzados por el nuevo esquema
Además de los trabajadores activos, los jubilados que perciban el equivalente a ocho haberes mínimos serán alcanzados por los descuentos a partir de un ingreso de $2.127.256, según la nueva escala. Este ajuste afectará a un grupo considerable de jubilados, lo que genera preocupación entre quienes perciben ingresos fijos en la jubilación.
La fórmula de actualización del Impuesto a las Ganancias
Es fundamental recordar que la reforma fiscal aprobada el año pasado establece que las escalas del Impuesto a las Ganancias se actualicen dos veces al año, en enero y junio, en función de la inflación acumulada durante el semestre. En este caso, se utilizó la inflación correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre, ya que en septiembre se realizó una actualización extraordinaria para adaptarse a las condiciones económicas actuales.
La medida impactará tanto a los trabajadores activos como a jubilados y autónomos, lo que generará un debate sobre la equidad del sistema tributario y su incidencia en los ingresos medios de la población.
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