7 de septiembre de 2024

24E: Seguridad no podrá filmar ni requisar a los manifestantes

Así lo resolvió el juez federal Ernesto Kreplak y se dio ante un planteo realizado por un grupo de personas que integran distintos espacios de militancia medioambiental.

Un juez federal de La Plata hizo lugar a una acción de habeas corpus preventivo y ordenó al Ministerio de Seguridad de la Nación que las fuerzas federales filmen o requisen a personas en transportes públicos. La resolución se da en el marco del paro general convocado por la CGT este miércoles 24 de enero.

La resolución corresponde al juez federal Ernesto Kreplak. El planteo lo realizó un grupo de personas que integran distintos espacios de militancia medioambiental. En su presentación se mostraron imágenes de lo ocurrido en manifestaciones a fines de diciembre, cuando el ministerio ya estaba bajo las órdenes de Patricia Bullrich.

Antes de resolver, el magistrado consultó al Ministerio si estaba prevista la realización de estas acciones. A lo que, según aseguraron, la respuesta fue negativa. Sin embargo, y de modo preventivo, Kreplak recordó que «la eventual intervención de las fuerzas de seguridad llevando a cabo procedimientos como los descriptos (…) implicaría un cercenamiento ilegítimo de la libertad ambulatoria, además de la afectación de otros derechos de raigambre constitucional».

Al respecto, el Ministerio de Seguridad precisó que el «pedido del juez Ernesto Kreplak ha sido solo para el ámbito de la localidad bonaerense de La Plata, lo cual no afecta a otras jurisdicciones del país».

Por otra parte, el juez declaró «improcedente» el planteo de inconstitucionalidad y nulidad realizado por los accionantes, «respecto a los articulados de la Resolución Administrativa N°943/2023 del Ministerio de Seguridad de la Nación», también conocido como el protocolo antipiquete.

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