El proyecto de Presupuesto 2027 presentado por el Gobierno de Javier Milei incorpora modificaciones tributarias que facilitan el proceso de reorganización de activos de distintas centrales termoeléctricas que permanecen bajo control estatal. La iniciativa extiende el alcance de beneficios fiscales vinculados con las estructuras societarias utilizadas para administrar esas instalaciones.
El mecanismo alcanza a los fideicomisos asociados a las centrales Guillermo Brown y Vuelta de Obligado, cuyos bienes podrán ser transferidos a sociedades generadoras sin quedar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, bajo las condiciones establecidas en la iniciativa oficial.
La medida se suma a un esquema que el Ejecutivo ya había implementado para las centrales Manuel Belgrano y San Martín, también vinculadas a Energía Argentina S.A. (Enarsa). En esos casos, la transferencia de los activos desde las estructuras fiduciarias hacia las sociedades termoeléctricas quedó encuadrada como una reorganización empresarial.
Una exención que acompaña el proceso privatizador
La clave del mecanismo está en que las operaciones no son consideradas una compraventa tradicional. Al tratarse de una reorganización patrimonial, las transferencias quedan exceptuadas del pago del tributo que normalmente correspondería sobre una operación de esas características.
El proyecto presentado para 2027 busca ahora aplicar un criterio similar a Central Vuelta de Obligado S.A. y Termoeléctrica Guillermo Brown S.A.. Ambas sociedades recibirían los bienes que actualmente administran los respectivos fideicomisos.
Para que la transferencia pueda realizarse bajo este régimen, el Estado deberá conservar la participación accionaria mayoritaria en las compañías involucradas.
El antecedente se encuentra en la normativa presupuestaria de 2026, que ya había contemplado la exención para el traspaso de los activos correspondientes a las centrales San Martín y Belgrano. Según el esquema informado, cada fideicomiso concentra activos y fondos por unos US$300 millones, por lo que el ahorro tributario potencial derivado de la exención se calculó en alrededor de US$100 millones por central.
Una norma que no quedaría limitada a 2027
Otro punto relevante del proyecto es el alcance temporal de las disposiciones. Los artículos 65 y 67 quedarían incorporados a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto, por lo que sus efectos no se limitarían al ejercicio fiscal del próximo año.
De esta manera, las herramientas tributarias incluidas en el proyecto podrían continuar vigentes más allá de 2027 y ser utilizadas en futuras operaciones vinculadas con la reorganización o transferencia de activos estatales.
Beneficios para las empresas que se queden con las rutas
El mismo paquete legislativo también contempla incentivos fiscales para las compañías que participen de las nuevas concesiones de rutas nacionales o extiendan contratos vigentes.
Entre los beneficios previstos aparece la posibilidad de aplicar una amortización acelerada en Ganancias sobre las inversiones de capital realizadas en las obras. Además, las empresas podrán recuperar el IVA correspondiente mediante reintegros o certificados de crédito fiscal.
El proyecto también permite utilizar íntegramente el impuesto a los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta de otros tributos, entre ellos Ganancias, IVA y determinadas contribuciones patronales.
Para que el régimen pueda aplicarse plenamente, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán adherir a la iniciativa y establecer exenciones sobre Ingresos Brutos y el Impuesto de Sellos para las operaciones comprendidas.
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