El bloque de La Libertad Avanza propuso eliminar de la lista de privatizaciones nueve empresas estatales que el Gobierno había pedido autorización para su venta en la ley ómnibus. Y estableció nuevos requisitos con la participación del Congreso para las licitaciones de esas firmas públicas.
Los cambios del oficialismo serán propuestos cuando se discuta en particular cada capítulo el dictamen de mayoría.
Las empresas que no se privatizarían son: el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), Casa de Moneda, Dioxitek S.A; Fabrica Argentina de Aviones, Fabricaciones Militares, Radio de la Universidad del Litoral, Servicio de Radio y TV de la Universidad de Córdoba, Vehículo Espacial Nueva Generación, Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio.
En ese borrador que contienen los cambios, el Gobierno mantiene la privatización parcial de Banco Nación, Nucleoeléctrica Argentina y ARSAT, y otras 27 empresas entre las que figuran Aerolíneas Argentinas, Ferrocarriles Argentinos, los medios públicos (Telam y RTA), Belgrano Cargas, Empresa Argentina de Navegación Aérea S.E. y Desarrollo del Capital Humano Ferroviario SAPEM. También se busca vender las empresas “Construcción de Vivienda para la Armada”, “Playas Ferroviarias S. A.” y “Polo Tecnológico Constituyentes S. A.”
El nuevo capítulo divide en tres artículos con sus anexos las empresas a privatizar en forma total con sus respectivos anexos. Otro para las privatizaciones parciales, para que así no se rechace todas las ventas de las empresas públicas.
Fuentes de la oposición señalaron que están estudiando la nueva propuesta. Pero señalaron que se mejora el sistema de control que tendrán las privatizaciones.
Uno de los artículos que se buscará incorporar crea en el Congreso Nacional una Comisión Bicameral integrada por seis senadores y seis diputados, quienes serán elegidos por sus respectivos cuerpos, la que establecerán su estructura interna.
Señala que esa comisión tendrá como misión constituir y ejercer la coordinación entre el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo Nacional, a los efectos del cumplimiento de la presente ley y sus resultados debiendo informar a los respectivos cuerpos legislativos sobre todo el proceso que se lleve adelante conforme a las disposiciones de esta ley.
Esa deberá ser informada de la modalidad y procedimiento escogido del pliego de bases y condiciones de cada empresa 15 días hábiles antes de su publicación. Además, ese organismo podrá requerir información, formular las observaciones, propuestas y recomendaciones que estime pertinente y emitir dictamen en los asuntos a su cargo. A estos efectos la Comisión Bicameral queda facultada a dictar sus propios reglamentos de funcionamiento.
También se fija que la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) y la Auditoría General de la Nación (AGN) actuarán en colaboración permanente con esta comisión.
Otro de los artículos nuevos fijará que previo al inicio del proceso de privatización de las empresas declaradas sujetas a privatización, la Secretaría de Empresas y Sociedades del Estado de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en coordinación con el Sindicatura General de la Nación, deberá elaborar y hacer público un informe integral sobre la empresa y/o sociedad de propiedad total o mayoritaria estatal en cuestión, que contendrá información detallada sobre sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros, y operativos. Dicho informe deberá ser remitido a la Comisión Bicameral en oportunidad de su publicación.