La Justicia frenó una medida de Caputo y obliga a volver a informar los aumentos de la nafta

El fallo restablece un mecanismo de transparencia para que los consumidores conozcan las variaciones antes de que lleguen a los surtidores.

La Justicia Federal de La Plata declaró inconstitucional la resolución del Ministerio de Economía que había eliminado la obligación de informar de manera anticipada los cambios en los precios de los combustibles. Con esta decisión, las petroleras volverán a reportar las actualizaciones para que los usuarios puedan conocerlas antes de que entren en vigencia.

La resolución fue dictada por el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata, que encabeza de forma interina el juez Alejo Ramos Padilla, tras una acción de amparo colectivo impulsada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS).

La sentencia anuló la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, mediante la cual el Gobierno había dejado sin efecto el Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor, creado en 2016 durante la gestión de Juan José Aranguren. Ese registro centralizaba los valores de venta al público en todo el país y obligaba a las estaciones de servicio a comunicar cada modificación de precios.

Según el magistrado, la eliminación de ese esquema representó un retroceso para los derechos de los consumidores, ya que redujo el acceso a información clave y afectó la transparencia en un mercado con fuerte impacto sobre la economía cotidiana.

Ramos Padilla cuestionó el fin del sistema oficial

En su fallo, el juez sostuvo que el Estado no puede reemplazar una herramienta pública por aplicaciones privadas o los sitios web de las petroleras. Argumentó que esa información aparece dispersa, depende de cada empresa y dificulta la comparación de precios entre las distintas estaciones de servicio.

Además, rechazó el argumento oficial de que la desregulación volvía innecesario el sistema. Por el contrario, advirtió que, si las empresas adoptan esquemas de actualización más frecuentes mediante sistemas de «micropricing», contar con una base de datos pública y unificada resulta todavía más importante para garantizar el acceso a la información.

La demanda que dio origen a la causa había sido presentada por el CEPIS, que consideró que la derogación debilitaba los mecanismos de control y limitaba la posibilidad de que los usuarios conocieran con anticipación las variaciones de precios.

Durante el proceso judicial, el Gobierno defendió la medida al sostener que la información seguía disponible en plataformas privadas y que la decisión formaba parte de la política de desregulación impulsada por la administración de Javier Milei. Sin embargo, Ramos Padilla descartó ese planteo y recordó que la Constitución Nacional obliga al Estado a garantizar información pública, comparable y de fácil acceso para los consumidores.