La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata dejó sin efecto la restricción que fijaba un máximo de dos fotografías en las boletas partidarias. La medida surge a raíz de una presentación de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, encabezada por Guido Lorenzino, contra la resolución de la Junta Electoral bonaerense que regía para las elecciones provinciales del próximo 7 de septiembre.
El fallo judicial, firmado por los jueces Claudia Milanta, Diego Ucín y Roberto Mora, cuestionó la decisión de la Junta Electoral al señalar que no había razones claras para permitir dos imágenes y prohibir tres o más. Según la Cámara, el límite carecía de sustento técnico, normativo y logístico, y podía atentar contra el derecho de los votantes a acceder a información completa y clara en el cuarto oscuro.
Con esta suspensión, las agrupaciones políticas podrán incluir la cantidad de retratos que deseen en la franja central de la boleta, siempre que respeten las pautas gráficas establecidas. El criterio se mantendrá vigente hasta que se resuelva de manera definitiva el expediente.
Tras conocerse la resolución, Lorenzino celebró que la Justicia haya intervenido para garantizar mayor acceso a la información electoral. “El fallo resguarda derechos políticos esenciales y asegura mayor transparencia e información al electorado bonaerense, el derecho de las y los electores a acceder a información completa y accesible sobre la oferta política, el derecho a la identificación visual de los candidatos, y los deberes de accesibilidad electoral”, expresó.
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