Corte a medida: Milei modifica por decreto el sistema de designación de jueces

El nuevo esquema limita la intervención pública y redefine los criterios para elegir magistrados en todo el sistema judicial.

El gobierno de Javier Milei dispuso cambios en el mecanismo de designación de jueces de la Corte Suprema, magistrados federales, fiscales y defensores públicos con un decreto que apunta a acelerar la cobertura de cargos vacantes, pero que reduce instancias de control y participación.

La decisión, oficializada en el Boletín Oficial, reconfigura el proceso que hasta ahora incluía mecanismos de revisión previa durante la etapa del Poder Ejecutivo. A partir de ahora, el Senado queda como el único ámbito institucional con audiencias públicas y recepción de objeciones a los candidatos.

Desde el Ejecutivo sostienen que la modificación responde a la necesidad de dar respuesta a una supuesta “crisis institucional” vinculada al alto número de vacantes en la Justicia. Sin embargo, el nuevo esquema implica una reducción en los niveles de transparencia y control previo sobre los postulantes.

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación de la instancia de participación ciudadana en la órbita del Ejecutivo. Ese mecanismo permitía que ciudadanos, organizaciones y colegios profesionales presentaran observaciones fundadas sobre los candidatos antes de su envío al Congreso. El Gobierno argumenta que se trataba de una “duplicación de instancias” respecto del tratamiento en el Senado.

Con la derogación de ese paso, se suprime un filtro previo que obligaba a revisar los antecedentes de los postulantes bajo el escrutinio público antes de su formalización legislativa.

Menos criterios de representación en la Corte

El decreto también modifica los parámetros para la integración del máximo tribunal. En concreto, elimina la obligación de considerar la diversidad de género, especialización y origen regional al momento de proponer candidatos.

Esa exigencia había sido incorporada en 2003 con el objetivo de garantizar una composición más representativa del país. La actual gestión considera que esos lineamientos constituyen “criterios adicionales que no se encuentran expresamente previstos en la Constitución Nacional” y que su aplicación debe quedar bajo la órbita del Poder Ejecutivo.

La medida abre la puerta a designaciones sin contemplar criterios de equilibrio federal o paridad, lo que representa un cambio de enfoque respecto de las políticas impulsadas en las últimas décadas.

Además, la normativa introduce cambios en la difusión de las candidaturas. Mientras que el régimen anterior exigía publicar los antecedentes en medios gráficos de alcance nacional, el nuevo esquema limita esa obligación al Boletín Oficial y a la web del Ministerio de Justicia.

También se reducen los alcances de las investigaciones patrimoniales, en línea con una política de simplificación administrativa que, según advierten distintos sectores, puede afectar los estándares de control sobre quienes aspiran a ocupar cargos clave en el sistema judicial.