El Gobierno nacional resolvió dar de baja el esquema de compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad y otros grupos contemplados por la ley. La decisión se formalizó mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada este martes en el Boletín Oficial.
A partir de esta modificación, las compañías deberán seguir garantizando los boletos sin cargo, pero ya no contarán con reintegros por parte del Estado. Es decir, la obligación legal se mantiene intacta, aunque cambia el mecanismo de financiamiento.
El beneficio alcanza a personas con discapacidad, pacientes trasplantados o en lista de espera, y también a niños y adolescentes con cáncer, entre otros sectores incluidos en la normativa vigente.
Desde el Ejecutivo sostienen que la medida no altera el derecho al acceso gratuito al transporte. En esa línea, el texto oficial remarca que la gratuidad de los pasajes continuará “plenamente vigente y exigible”, por lo que las empresas deberán asegurar su cumplimiento.
El sistema de subsidios que ahora se elimina había sido implementado en un contexto de fuerte intervención estatal sobre el transporte de larga distancia, con tarifas y recorridos regulados. Según argumenta el Gobierno, ese escenario cambió tras la aplicación del Decreto 883/2024, que habilitó a las empresas a definir precios, frecuencias y servicios con mayor autonomía.
Bajo ese nuevo esquema, la administración libertaria considera que ya no resulta necesario sostener compensaciones económicas, ya que las condiciones del mercado permitirían absorber esos costos.
Además, la normativa asigna a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) la responsabilidad de fiscalizar que las empresas continúen otorgando los pasajes gratuitos a quienes corresponda, pese a la quita del respaldo estatal.
