El domingo 26 de octubre, el país volverá a las urnas para renovar parte del Congreso nacional. En juego estarán 127 bancas de Diputados y 24 del Senado, correspondientes a las provincias de Río Negro, Salta, Neuquén, Tierra del Fuego, Santiago del Estero, Entre Ríos, Chaco y la Ciudad de Buenos Aires.
Por primera vez en una elección legislativa nacional, el voto se emitirá mediante la Boleta Única de Papel (BUP), una herramienta que, según la Ley 27.781, busca “garantizar mayor transparencia y una competencia más equitativa entre partidos”.
Pero más allá de las novedades del proceso, muchos electores se preguntan qué ocurre si no concurren a votar. La Ley Electoral Nacional es clara: no hacerlo tiene una multa.

Cuánto cuesta no ir a votar
El Artículo 125 del Código Electoral Nacional fija las sanciones económicas por ausentarse sin justificación. Los montos varían según la reincidencia:
- Primera infracción: $50
- Segunda infracción: $100
- Tercera infracción: $200
- Cuarta infracción: $400
- Quinta o más infracciones: $500
La penalidad se aplica a las personas mayores de 18 y menores de 70 años que no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores al comicio. Quienes no cumplan con el trámite quedarán registrados en el Registro de Infractores al Deber de Votar, lo que puede generar inconvenientes al realizar trámites administrativos o viajar al exterior.
Cómo justificar la ausencia
La Cámara Nacional Electoral (CNE) habilita un sitio web (infractores.padron.gob.ar) para quienes necesiten justificar su inasistencia. Los motivos válidos incluyen:
- Enfermedad o imposibilidad física (con certificado médico).
- Estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación (con constancia policial).
- Cumplir funciones laborales o electorales durante el acto comicial.
El trámite puede hacerse de forma digital y tiene un plazo máximo de 60 días hábiles. Una vez aprobada la justificación, el elector queda exento de la multa.

Quiénes están obligados a votar
El voto en la Argentina es universal, secreto, libre y obligatorio para los ciudadanos nativos desde los 18 hasta los 70 años. En cambio, los jóvenes de 16 y 17 años, los mayores de 70 y los argentinos que residen en el extranjero tienen la opción de no participar.
Las personas que estén detenidas de forma preventiva también pueden sufragar, siempre que figuren en el Registro de Electores Privados de Libertad, presentando su DNI en el establecimiento habilitado.
Qué pasa si pierdo el DNI
Sin el documento físico no se puede votar. No se aceptan pasaportes, licencias de conducir ni constancias de trámite. En caso de robo o extravío, se debe presentar una denuncia policial y justificar la falta ante la Justicia Electoral dentro del plazo establecido.
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